Extremadura regula el funcionamiento de la comisión que evalúa las solicitudes de eutanasia

Extremadura establece un reglamento para la comisión que verifica las solicitudes de eutanasia según la ley

Extremadura ha aprobado un reglamento interno para ordenar el trabajo de la comisión encargada de evaluar las solicitudes de eutanasia antes y después de su prestación. Esta normativa, autorizada por la consejera de Salud y Servicios Sociales, Sara García Espada, fue publicada en el Diario Oficial de Extremadura el pasado jueves.

La comisión, creada en 2021 junto con el Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia, tiene como objetivo asegurar que la ayuda para morir se aplique conforme a la ley y con todas las garantías para los pacientes y los profesionales sanitarios involucrados. El reglamento establece que esta comisión actuará bajo los principios de legalidad, autonomía e independencia funcional, confidencialidad, imparcialidad, rapidez administrativa y representación equilibrada de género.

Su sede principal estará en las dependencias de la Consejería de Salud en Mérida, aunque también podrá celebrar sesiones presenciales en otras localidades de la comunidad autónoma. Entre las funciones de la comisión destaca la verificación previa de cada solicitud de ayuda para morir, para lo cual la presidencia designará a dos miembros verificadores, preferiblemente de forma rotatoria. En caso de desacuerdo entre ellos, será el pleno de la comisión quien tome la decisión definitiva.

Además, la comisión debe comprobar tras la prestación que esta se haya realizado siguiendo el procedimiento legalmente establecido. Según el decreto que creó este órgano, tiene un plazo máximo de 20 días naturales para resolver reclamaciones de personas a las que se les haya denegado la eutanasia por parte del médico responsable. Si la resolución es favorable, el centro dispone de un máximo de siete días naturales para facilitar la ayuda mediante otro médico o un equipo externo.

El órgano está compuesto por 15 miembros nombrados por la consejería competente en sanidad para periodos de cuatro años, con posibilidad de prórroga una sola vez. Diez de ellos deben ser profesionales sanitarios, de los cuales al menos siete serán médicos o enfermeros. También forman parte una persona del ámbito del trabajo social, tres profesionales jurídicos y el titular del órgano con funciones en cuidados y humanización.

Esta regulación llega en un contexto de baja incidencia de la eutanasia en Extremadura. Durante 2024, ocho personas solicitaron la ayuda para morir: cuatro recibieron la prestación, dos solicitudes fueron rechazadas y otros dos solicitantes fallecieron durante la tramitación. Desde que entró en vigor la ley estatal, la comunidad ha registrado un total de 22 peticiones.

El reglamento refuerza además el deber de confidencialidad de los miembros de la comisión, quienes deben mantener el secreto sobre las deliberaciones y los datos personales de pacientes, familiares, allegados y profesionales sanitarios, obligación que se mantiene incluso después de cesar en sus funciones. Por último, queda expresamente prohibida la participación en la comisión de personas inscritas en el registro de objetores de conciencia.

Redacción

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