La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha decidido absolver a B.O.F. del delito de agresión sexual continuada, que se le imputaba por la denuncia de una trabajadora con leve discapacidad intelectual en su empresa de limpieza. La Fiscalía y la acusación particular habían solicitado una pena de 15 años de prisión.
El tribunal ha determinado que la discapacidad de la mujer, que está bajo la tutela de sus padres para la firma de documentos complejos y otros actos administrativos, «no le ha impedido autodeterminarse de modo básico en la esfera sexual, de cara a mantener relaciones sentimentales y sexuales con terceras personas», según se detalla en el fallo, que fue notificado a las partes el pasado martes.
El fallo que absolvió al acusado se dictó hace diez días, reconociendo a la mujer su capacidad para otorgar consentimiento sexual, a pesar de su vulnerabilidad en ciertos ámbitos administrativos, donde su comportamiento puede estar condicionado en parte por su deseo de establecer y mantener relaciones sentimentales.
El abogado defensor de B.O.F., Francisco Víctor, expresó su satisfacción por el resultado, afirmando que «un retraso mental leve no es un impedimento para el consentimiento sexual». Además, destacó que el caso se había originado a partir de una denuncia por agresión sexual con violencia, la cual las pruebas han demostrado que no se produjo.
Este fallo, que aún no es firme, ha generado diversas reacciones en el ámbito judicial y social, siendo un tema de debate sobre la capacidad de consentimiento en personas con discapacidad.














