Redeia y eléctricas a la espera de sanciones por el apagón del 28 de abril

Aún no se conocen los responsables del apagón en la península ibérica del 28 de abril de 2025

El sector eléctrico se encuentra en un estado de incertidumbre a menos de dos semanas del primer aniversario del apagón general que afectó a la península ibérica el 28 de abril de 2025. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) no ha publicado un informe que identifique claramente a los responsables de este evento, lo que ha dejado a muchos sin saber a quién reclamar por los daños materiales y económicos ocasionados.

Según informaciones obtenidas por EL ESPAÑOL-Invertia, se anticipa que la CNMC enviará en los próximos días los procedimientos sancionadores a aquellos que considere responsables. Las fuentes del sector indican que, basándose en los informes del Ministerio para la Transición Ecológica y de Entso-e (la Red Europea de Gestores de Redes de Transporte de Electricidad), es probable que las sanciones recaigan tanto sobre Redeia, el transportista del sistema, como sobre las principales distribuidoras de electricidad, que son e-distribución (Endesa), i-DE (Iberdrola), UFD (Naturgy), E-Redes (EDP) y Viesgo Distribución.

A pesar de la falta de un informe oficial que señale directamente a los culpables, las grandes distribuidoras de electricidad argumentan que la Red Eléctrica es la única responsable del apagón. Actualmente, los procedimientos sancionadores por parte de la CNMC están en una fase avanzada de instrucción, aunque aún no se ha llegado a una resolución firme, lo que sugiere que la información podría ser confidencial y conocida solo por los destinatarios.

El informe de la CNMC, publicado el 20 de marzo, concluye que el apagón no se debió a una causa mayor y que pudo haberse evitado. Esta conclusión abre la puerta a posibles reclamaciones contra el operador del sistema, REE (Red Eléctrica), y otros responsables. «El operador disponía de herramientas suficientes para evitar el evento», indican fuentes jurídicas consultadas por este diario.

Diego Fierro Rodríguez, abogado de la Administración de Justicia, explica que el reciente informe de la CNMC ha cambiado significativamente el marco interpretativo del incidente. «Debemos prestar atención a las conclusiones de este organismo regulador, ya que su análisis técnico tiene implicaciones jurídicas importantes para la responsabilidad civil y administrativa de los agentes involucrados en el sistema eléctrico nacional», afirma.

A pesar de que el apagón no se considera un caso de fuerza mayor, esto no implica que los responsables deban responder por daños como si hubieran actuado con culpa grave o dolo. La determinación de la responsabilidad interna requerirá una investigación administrativa exhaustiva para aclarar qué acciones u omisiones específicas llevaron a la materialización del riesgo.

Si se procede con las incoaciones formales de los expedientes, la identificación de infractores, hechos imputados y la normativa supuestamente vulnerada podría ser un proceso complicado. En caso de que la CNMC determine infracciones graves, las sanciones podrían alcanzar cifras significativas, además de incluir medidas accesorias como inhabilitaciones o indemnizaciones al sistema eléctrico.

Los plazos para reclamar son limitados, ya que según el artículo 1968.2 del Código Civil, se establece un año para la prescripción de acciones por responsabilidad extracontractual. Los afectados por el apagón del 28 de abril deben iniciar sus reclamaciones contra la compañía distribuidora de su zona y, si corresponde, también contra su aseguradora si la póliza cubre este tipo de incidentes.

En resumen, aún no existe una atribución oficial de responsabilidades en este apagón. Por lo tanto, la recomendación más prudente es seguir la vía administrativa y aseguradora mientras se determina quién asumirá finalmente los daños ocasionados.

Redacción

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