El Comité Olímpico Internacional (COI) ha aclarado su reciente decisión sobre la participación de deportistas transgénero en las competiciones olímpicas. Tras anunciar que solo las mujeres biológicas podrán competir en las categorías femeninas, el COI ha precisado que esta medida no excluye a los atletas trans, quienes podrán participar exclusivamente en la categoría que corresponda a su sexo biológico.
Esta aclaración surge después de que el anuncio inicial generara confusión sobre la inclusión de personas trans en los Juegos Olímpicos. La presidenta del COI, Kirsty Coventry, ha dirigido la elaboración de un documento explicativo que responde a las dudas más frecuentes sobre esta normativa. En él, se destaca que los hombres biológicos que cumplan con los requisitos de clasificación solo podrán competir en las pruebas masculinas, y lo mismo aplica para las mujeres biológicas en la categoría femenina.
El COI insiste en que esta regulación solo se aplica a las competencias bajo su jurisdicción, como los Juegos Olímpicos, mientras que las personas trans podrán participar en otras competiciones deportivas según las normativas específicas de cada evento o federación.
Pruebas de elegibilidad y excepciones
Para determinar la elegibilidad en la categoría femenina, el COI realiza una prueba genética para detectar el gen SRY, presente únicamente en hombres biológicos. Esta prueba, no invasiva y altamente fiable, consiste en un raspado bucal que se realiza una sola vez en la vida del deportista. Según el organismo, esta metodología es riguroso y precisa en más del 99% de los casos.
Respecto a excepciones, el COI considera casos muy específicos relacionados con trastornos genéticos poco frecuentes, como el síndrome de insensibilidad androgénica. En estas situaciones, algunas mujeres portadoras del gen SRY podrían ser autorizadas a competir en la categoría femenina tras someterse a pruebas complementarias. Además, se podrán solicitar excepciones en deportes donde el sexo no influye directamente en la equidad competitiva, como la hípica.
Igualdad entre deportistas con DSD XY y transgénero
El COI también ha respondido a la inquietud sobre por qué se aplica la misma norma a deportistas con diferencias en el desarrollo sexual (DSD XY) y a personas transgénero. Aunque reconoce que ambos grupos pueden diferir en identidad de género o aspectos legales, señala que comparten características biológicas similares, como la presencia del cromosoma XY, el gen SRY y niveles de testosterona propios del rango masculino.
En cuanto a los deportistas menores de edad, se permite que, con el consentimiento de sus padres o tutores, se realicen las pruebas necesarias para determinar la categoría en la que competirán durante sus carreras deportivas. Por último, quienes se nieguen a someterse a estos controles no podrán participar en los Juegos Olímpicos.
El COI mantiene vigentes los resultados de los test realizados con anterioridad, sin efecto retroactivo sobre competiciones pasadas. Por ejemplo, la boxeadora argelina Imane Khelif, ganadora del oro en París 2024, cumplió con todas las normativas vigentes en ese momento, por lo que la nueva regulación no modifica sus resultados.












