El Tribunal Supremo rechaza la suspensión del traslado de menores migrantes

El Tribunal Supremo niega la suspensión del traslado de menores migrantes a la Comunidad de Madrid.

El Tribunal Supremo ha decidido no suspender el procedimiento de traslado de doce menores migrantes no acompañados desde Ceuta y Canarias a la Comunidad de Madrid. Esta resolución se enmarca en la reforma de la Ley de Extranjería aprobada en 2025, que establece un sistema obligatorio de reparto de estos menores entre las comunidades autónomas que presentan menor presión migratoria.

La Comunidad de Madrid había solicitado la suspensión cautelar del proceso, argumentando que carecía de un respaldo normativo claro. Sin embargo, el Supremo ha considerado que aceptar esta petición podría causar «graves daños» y ha desestimado los argumentos del Ejecutivo madrileño. En un auto fechado el 8 de enero de 2024, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal ha señalado que interrumpir los traslados mantendría las condiciones de hacinamiento observadas en comunidades como Canarias, lo que iría en contra del principio del interés superior del menor.

Justificación judicial y respuesta del Gobierno

El tribunal recuerda que en una resolución anterior ya había reconocido la vulnerabilidad de los menores migrantes, incompatible con una atención adecuada. Así, las medidas implementadas por el Gobierno tienen como objetivo aliviar esta situación. Además, el Supremo ha subrayado que lo recurrido es un procedimiento administrativo con base legal en la reforma de la Ley de Extranjería, y que el cálculo de los menores a trasladar a cada comunidad se fundamenta en la capacidad ordinaria establecida para cada territorio, sin que existan lagunas jurídicas relevantes que invaliden dicho proceso.

La ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, ha valorado el auto del Supremo como una confirmación de la legalidad del reparto de menores y un freno al bloqueo por parte de gobiernos autonómicos del Partido Popular. A través de fuentes ministeriales, ha calificado el fallo como una garantía para una acogida solidaria de la infancia migrante no acompañada y una respuesta judicial que prioriza los derechos de los menores frente a la «sobreactuación política» de algunas comunidades.

Desde el ministerio se ha recordado que el real decreto que articula este modelo de reparto se está cumpliendo con normalidad, y que el Estado ha transferido ya los fondos comprometidos a las comunidades para asegurar una atención adecuada, destinando en concreto 100 millones de euros para reforzar los sistemas autonómicos de acogida. La ministra Rego ha reiterado que la migración de menores no acompañados es una cuestión de Estado que debe abordarse desde una lógica de solidaridad territorial.

Respuestas de la Comunidad de Madrid

En respuesta, la Comunidad de Madrid ha afirmado que ya está cumpliendo con el reparto «forzoso» de menores impuesto por el Ejecutivo central. En una carta enviada a la Secretaría de Estado de Migraciones, el Gobierno regional ha especificado que en el último año ha atendido a 120 menores provenientes de Ceuta y Canarias. Además, han denunciado que algunos de estos niños fueron trasladados «como paquetes y en contra de su voluntad», una situación que consideran contraria al bienestar del menor.

El Ejecutivo autonómico también ha reclamado al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que asuma su responsabilidad en la acogida de menores solicitantes de asilo, señalando que en el último año ha tenido que atender a 117 jóvenes en esta situación, a pesar de que la competencia, recalcan, es estatal.

Hasta el momento, once comunidades autónomas han recurrido la reforma ante el Tribunal Constitucional, incluidas Madrid, Baleares, la Comunidad Valenciana y Andalucía. El Supremo ya había rechazado en diciembre los recursos que cuestionaban la fijación de la capacidad ordinaria de acogida. Mientras el debate político continúa, la aplicación de los traslados avanza con el respaldo legal del Alto Tribunal.

Redacción

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