La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido desestimar los incidentes de nulidad presentados por el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado en relación con la condena del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un delito de revelación de datos reservados. En un auto emitido el 26 de febrero, el tribunal ha confirmado en su totalidad la sentencia número 1000/2025, dictada el 9 de diciembre, que impuso a García Ortiz una multa de doce meses con una cuota diaria de 20 euros, además de una inhabilitación especial para su cargo durante dos años.
Asimismo, se le ha ordenado indemnizar con 10.000 euros a Alberto González Amador por daños morales. El Supremo ha subrayado que la nulidad es un mecanismo excepcional, reservado exclusivamente para corregir violaciones de derechos fundamentales que no hayan podido ser denunciadas previamente, y siempre que no exista un recurso ordinario o extraordinario disponible.
El tribunal ha desestimado las alegaciones de vulneración de derechos fundamentales, que incluían el derecho a la presunción de inocencia y la libertad de expresión, argumentando que la conducta de García Ortiz encaja en el artículo 417.1 del Código Penal, el cual sanciona la revelación de información reservada conocida por razón del cargo.
A pesar de que se podía argumentar la relevancia pública de la información divulgada, el Supremo ha señalado que esto no exime de la ilegalidad de la acción cuando se trata de datos protegidos por la ley. La resolución también indica que el respaldo institucional o la relevancia mediática no justifican la difusión de información confidencial cuando existe un deber de confidencialidad establecido por el ordenamiento jurídico.
Además, la desestimación de los incidentes de nulidad implica que García Ortiz debe asumir la mitad de las costas procesales derivadas de este procedimiento, mientras que la otra mitad será declarada de oficio en relación con el incidente promovido por el Ministerio Fiscal. La decisión incluye un voto particular de la magistrada Susana Polo García, al que se adhiere la magistrada Ana Ferrer García.
Con esta resolución, el Tribunal Supremo cierra la puerta al incidente de nulidad y mantiene vigente la condena impuesta en diciembre al fiscal general del Estado.

























