Desarrollo urgente: La Fiscalía del Tribunal Supremo ha rechazado la solicitud de revisión del caso de El Houcine Nmeg, condenado a tres años, dos meses y siete días de prisión por un robo violento en Tarambana ocurrido el 29 de mayo de 2022. Este anuncio se produce a pesar de la defensa, que argumenta que un análisis de ADN de las prendas incautadas podría exonerar a su cliente.
La defensa de Nmeg, liderada por el abogado Esteban Hernández Thiel, sostiene que la negativa a realizar esta prueba es una oportunidad perdida para corregir una condena basada en un reconocimiento visual que se realizó en condiciones de visibilidad muy precarias. Este reconocimiento, realizado en plena noche tras un breve forcejeo, es cuestionado por la defensa, que argumenta que la memoria del testigo pudo estar contaminada por exhibiciones previas de la fotografía del sospechoso.
Los hechos se remontan a la noche del asalto, cuando tres hombres armados con pistolas de aire comprimido atacaron una finca. Durante el altercado, una de las víctimas logró reducir a uno de los asaltantes y despojarlo de parte de su atuendo, incluyendo un pasamontañas y un guante gris. A pesar de que el testigo identificó a Nmeg en una rueda de reconocimiento, la defensa argumenta que este testimonio fue influenciado por la exhibición previa de la fotografía.
Recientemente, en 2025, Nmeg presentó nueva evidencia en su defensa, incluyendo un certificado bancario que demuestra que retiró dinero de un cajero en El Ejido a las 21:58 horas, solo dos minutos antes de que se reportara el robo a la Guardia Civil. Además, mostró un registro laboral que confirmaba que se presentó a trabajar al día siguiente a las 08:47 horas.
La defensa también cuenta con un informe de la catedrática de Psicología de la memoria, Margarita Diges Junco, quien concluyó que la identificación ocular carece de fiabilidad en las condiciones en que se llevó a cabo. A pesar de esto, la Fiscalía del Tribunal Supremo, en un informe fechado el 25 de agosto, argumenta que las pruebas presentadas no son “elementos sobrevenidos” que justifiquen la revisión del caso.
La Fiscalía recalca que el recurso de revisión es un procedimiento extraordinario y no debe usarse como una tercera instancia para reabrir procesos ya cerrados. Ahora, el Tribunal Supremo debe decidir si acepta la solicitud de la Fiscalía y rechaza la revisión o si permite la práctica de la prueba de ADN que la defensa ha solicitado insistentemente.
Este caso ha captado la atención mediática desde 2024, cuando se informó de que Nmeg estaba en un banco retirando dinero al mismo tiempo que se llevaba a cabo el robo. La defensa ha denunciado que la exhibición anticipada de su fotografía vulneró sus derechos fundamentales, lo que añade más controversia al proceso judicial.
La situación actual plantea un dilema crítico sobre la justicia y la validez de un testimonio visual en un caso donde hay pruebas objetivas que podrían aclarar la verdad. La batalla legal sigue en pie, y la decisión del Tribunal Supremo será vital para determinar si se permite un nuevo análisis de ADN que podría cambiar el rumbo de esta condena.
A medida que se espera la resolución del tribunal, Nmeg, quien tiene un único antecedente por amenazas en 2016, sigue bajo el peso de una sentencia que su abogado califica de injusta y que podría ser desmentida por una prueba biológica aún no practicada.
