lunes, diciembre 15, 2025

¡Increíble giro! La nueva normativa del SMI podría dejar a miles de trabajadores sin empleo ¡Descubre cómo!

La transposición de la directiva de SMI por reglamento genera tensiones entre el Ministerio de Trabajo y la CEOE.
por 15 diciembre, 2025
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La reciente propuesta del Ministerio de Trabajo para prohibir que las empresas compensen el incremento del salario mínimo interprofesional (SMI) mediante la absorción de pluses o complementos se ha convertido en un punto central de las demandas sindicales. Esta exigencia cobra aún más relevancia en el contexto de la consulta pública abierta por el Ministerio para la elaboración de un real decreto destinado a adaptar la directiva europea sobre salarios mínimos en España, un proceso que ha generado la oposición de la patronal CEOE y que se perfila como uno de los principales puntos de fricción en esta materia.

El Ministerio de Trabajo, liderado por la vicepresidenta Yolanda Díaz, ha indicado que la regulación del artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores se desarrollará a través de un real decreto, evitando así la necesidad de una modificación legal que requiera la ratificación en el Congreso. Según publica EFECOM, esta decisión plantea un nuevo escenario de conflicto institucional entre el Ministerio y la CEOE, que ha manifestado su intención de impugnar cualquier cambio que no tenga rango de ley. El Gobierno justifica esta medida en que el citado artículo no ha tenido hasta ahora un desarrollo específico y considera necesario regularlo.

La tramitación del proyecto de real decreto se encuentra actualmente en consulta pública hasta el 19 de diciembre, un proceso que precederá la redacción definitiva del texto normativo. Asimismo, el Ejecutivo deberá decidir el porcentaje de incremento del SMI para 2026, una decisión que, como recuerda EFECOM, suele concretarse mediante real decreto y no requiere una validación formal de los agentes sociales ni del Parlamento. Solo se contempla la consulta previa con representantes de trabajadores y empresarios, aunque sin voto vinculante.

Un comité de expertos que asesora al Ministerio ha propuesto un incremento del SMI, actualmente situado en 16.576 euros brutos anuales distribuidos en 14 pagas, de entre el 3,1% y el 4,7%, dependiendo de si se mantiene la actual exención de IRPF o si empieza a tributar. Por su parte, la CEOE defiende un aumento máximo del 1,5%, mientras que los sindicatos exigen un alza del 7,5%, lo que refleja la creciente distancia entre las partes y complica la posibilidad de alcanzar un acuerdo tripartito. Según EFECOM, el Ministerio se muestra abierto a negociar, con la expectativa de llegar a un entendimiento, al menos con los sindicatos, siempre que la transposición de la directiva europea recoja sus reivindicaciones esenciales.

Entre las demandas sindicales, destaca la prohibición de que las empresas absorban el incremento del SMI en los diferentes pluses y complementos que componen la retribución laboral. A día de hoy, la legislación permite esta práctica; sin embargo, la vicepresidenta Yolanda Díaz ha afirmado que el nuevo real decreto incluirá un marco que “blindará legalmente” la subida del salario mínimo, evitando que sea anulado por mecanismos de absorción o compensación salarial. Díaz especificó: “Si una persona cobra un plus de peligrosidad, ese plus no debe desaparecer cuando sube el SMI. Vamos a subir el SMI y lo vamos a blindar para que la subida sea real”.

El texto de la consulta previa al real decreto señala que se debe garantizar el cumplimiento integral de los objetivos de la directiva europea en cuanto a negociación colectiva informada, reglas aplicables a la compensación y absorción en complementos, establecimiento de valores indicativos de referencia y la creación de órganos consultivos de asesoramiento y cobertura. EFECOM también recordó que la directiva europea no aborda explícitamente el tema de la absorción de complementos, aunque el artículo 26.5 del Estatuto de los Trabajadores establece la compensación y absorción de los salarios abonados cuando, en cómputo anual, estos resultan más beneficiosos para el trabajador que los valores normativos o convencionales de referencia.

La jurisprudencia apoya esta interpretación de la norma en la mayoría de los casos, a excepción de ciertos complementos considerados extrasalariales, como dietas o ayudas al transporte, que quedan fuera del ámbito de absorción y compensación. Esta distinción podría marcar el alcance de los cambios normativos que finalmente recoja el real decreto, delimitando qué elementos salariales mantendrán su carácter independiente tras el eventual aumento del salario mínimo interprofesional.

El avance del procedimiento normativo y el desarrollo reglamentario, que está actualmente sometido a consulta hasta el 19 de diciembre, configuran un proceso envuelto en negociaciones entre el Gobierno, los sindicatos y la patronal. La CEOE mantiene su rechazo a la transposición por vía reglamentaria, argumentando que los cambios propuestos constituyen una modificación sustantiva del Estatuto de los Trabajadores que debería tramitarse como reforma legal ante el Parlamento. Mientras tanto, los sindicatos insisten en la necesidad de una protección efectiva de los incrementos salariales para evitar que sean neutralizados mediante la absorción en pluses o complementos.

La decisión definitiva del Gobierno sobre el porcentaje del aumento del SMI y sobre los mecanismos regulatorios adoptados para su implementación queda pendiente del cierre del período de consulta pública y de las conversaciones mantenidas con los representantes de trabajadores y empresarios, en un contexto donde las posiciones iniciales muestran divergencias significativas.

Redacción

Equipo editorial especializado en actualidad ibérica, economía y política. Información rigurosa y análisis profundo de España y Portugal las 24 horas del día.

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