jueves, 12 de febrero de 2026

Absuelto de agresión sexual en Alicante por malentendido en juego erótico

La Audiencia alega que el "no" se interpretó como parte de un juego previo consensuado

La Audiencia Provincial de Alicante ha declarado la absolución de un hombre de 37 años acusado de agredir sexualmente a su expareja. El incidente ocurrió cuando la mujer fue a recoger sus pertenencias al domicilio del acusado, mientras su nuevo compañero sentimental aguardaba en la puerta.

Según la sentencia emitida por la Sección Primera, el tribunal ha determinado que no hay pruebas suficientes para afirmar que la relación sexual mantenida entre ambos fue «inconsentida». Se argumenta que el acusado pudo interpretar el «no, no, no» de la mujer como un consentimiento dentro del contexto de un juego erótico que practicaban antes de separarse.

El abogado del acusado, Alejandro Rodríguez Vidal, defendió su caso ante una posible condena de 14 años de prisión solicitada por la Fiscalía y la acusación particular. Los hechos que llevaron al juicio tuvieron lugar el 14 de abril de 2023 en la vivienda del acusado, donde el vínculo entre los tres implicados -el acusado y dos mujeres- había sido de naturaleza compleja.

La expareja había visitado el domicilio en varias ocasiones para recoger sus cosas, y en una de ellas, el acusado mantuvo relaciones sexuales con ella. Esto ocurrió mientras su nuevo compañero estaba en la puerta, según lo registrado en la sentencia. El tribunal señala que «no consta que dicha relación sexual fuera inconsentida», ni que la mujer hubiera dejado claro su rechazo de manera inequívoca.

Durante el juicio, la mujer relató que, al estar en la vivienda, sintió la presencia del acusado detrás de ella y, aunque intentó reaccionar, no pudo. Aseguró que él se abalanzó sobre ella y, a pesar de su negativa, la penetró. Sin embargo, en su declaración, admitió que el «no, no, no» había sido parte de un juego consensuado y que no estaba segura de si el acusado había comprendido que su negativa era real.

Tras la relación, la mujer descendió para hablar con su nueva pareja, visiblemente alterada y llorando. Aunque al principio no deseaba presentar denuncia, su compañero la instó a hacerlo. En el juicio, admitió que podría haber habido un malentendido por parte del acusado, dado su historial de prácticas sadomasoquistas juntos.

El compañero de la denunciante también testificó que ella se encontraba en estado de shock y lloraba durante el trayecto. Por su parte, el acusado declaró que ambos habían acordado mantener relaciones de mutuo acuerdo, y que el «no, no, no» formaba parte de su dinámica habitual, donde ella asumía un rol de sumisión.

La Audiencia concluyó que la absolución del acusado era procedente basándose en las pruebas presentadas, ya que lo que se debatía era el consentimiento y no la existencia de la relación sexual en sí.

Redacción

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