La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha tomado la decisión de suspender la comercialización y uso de varias tintas para tatuajes y maquillaje permanente elaboradas por la empresa Alkimia Technology and Stetic S.A.U.. Esta acción se debe a que estos productos no cumplen con lo establecido en el Reglamento (UE) 2020/2081, en relación con las sustancias que pueden contener.
Desde el 4 de enero de 2022, la normativa europea prohíbe la comercialización y uso de productos que no se ajusten a los criterios establecidos, lo que incluye determinadas sustancias en tintas para tatuajes. Según la AEMPS, las tintas en cuestión contienen 1,2 hexanodiol en concentraciones de entre el 1 y el 5 por ciento, superando así los límites permitidos por la legislación vigente.
A pesar de que la empresa ha declarado que estos productos no están en el mercado, se ha detectado su distribución a través de plataformas de venta en línea. Ante esta situación, la AEMPS ha ordenado la retirada inmediata de todas las unidades afectadas que ya habían sido distribuidas a los centros de tatuaje para su uso profesional.
Los productos involucrados son: «680-PE: Kalamar Ink», en su gama blanca (Color White), y «681-PE: Kalamar Ink», que incluye varias tonalidades en la gama negra (Color Black, Color Shadow 1, Color Shadow 3 y Color Vanta Black).
La AEMPS ha instado a los profesionales y centros de tatuaje a abstenerse de utilizar las tintas afectadas y a devolverlas al punto de compra o a la empresa responsable. Además, se ha solicitado a los establecimientos que revisen su stock y, si tienen unidades de estos productos, que las retiren del mercado.













