sábado, 14 de febrero de 2026

La responsabilidad penal del interventor en el caso Santiago-Rusadir

El caso Santiago-Rusadir plantea cuestionamientos sobre la responsabilidad del interventor público.

La reciente decisión de la juez instructora del caso Santiago-Rusadir de centrar la atención en la actuación del interventor general de la Ciudad Autónoma ha abierto un debate institucional significativo. La cuestión que se plantea es: ¿hasta qué punto puede existir responsabilidad penal en quien debía supervisar la legalidad de 364 contratos públicos actualmente bajo sospecha?

Este interrogante es crucial, ya que no solo involucra a los políticos investigados, sino también al sistema de control interno que debería garantizar la correcta gestión del dinero público. La figura del interventor es fundamental en la Administración; su función incluye supervisar, advertir y formular reparos ante irregularidades detectadas en la tramitación de expedientes o en la autorización de pagos. En esencia, es el último filtro técnico antes de que los fondos públicos sean dispuestos.

En el caso que se investiga, se menciona que varios contratos presentan indicios de irregularidades en su manejo. Además, esta causa derivó en la detención preventiva de varios exconsejeros del Gobierno 2019-2023 y del presidente de CpM, Mustafa Aberchán, quien es señalado por la juez como el líder de una supuesta organización criminal que habría operado con una estructura piramidal para desviar fondos públicos, presuntamente para la compra de votos por correo. La cantidad de contratos y la repetición de procedimientos sospechosos llevan a cuestionar cómo fue posible que el órgano interventor no detectara anomalías de relevancia.

La magistrada ha solicitado a la Intervención General del Estado que evalúe el trabajo del alto funcionario local, especialmente tras indicar que, al enterarse de la detención del entonces consejero de Distritos en mayo de 2023, habría comenzado a modificar de manera apresurada informes de legalidad previamente firmados. Este aspecto introduce un elemento delicado: si se confirma que hubo alteraciones en informes emitidos, la cuestión no solo sería si se advirtieron irregularidades, sino si existió una reacción tardía para corregir o matizar acciones previas.

Desde un punto de vista jurídico, la distinción entre negligencia y delito es clara, aunque exigente. No toda actuación incorrecta equivale a un delito. Para que se considere responsabilidad penal, es necesario demostrar que hubo un conocimiento de la irregularidad y una voluntad de permitirla, o al menos una pasividad tan grave que se asemeje a una aceptación consciente del resultado. La línea que separa un error administrativo de una conducta penalmente relevante radica en la intencionalidad y la gravedad de la omisión.

Sin embargo, en un contexto donde se investiga una presunta organización criminal y fraude en la contratación pública, el estándar de diligencia exigido al interventor no puede ser bajo. Su papel es precisamente evitar la consolidación de prácticas irregulares. Si los controles no funcionaron durante años, la sociedad tiene derecho a saber si fue por falta de recursos, deficiencias técnicas o algo más grave.

En una ciudad como Melilla, donde el debate sobre el voto por correo y su posible manipulación ha generado una profunda preocupación pública, es fundamental esclarecer todas las responsabilidades. No se trata de anticipar culpabilidades, sino de asegurar que aquellos que debían vigilar el uso de los fondos públicos rindan cuentas si incumplieron su deber.

La credibilidad institucional depende de ello. Si el sistema de control interno falla sin consecuencias, el mensaje que se envía es devastador. Por el contrario, si la investigación demuestra que existió responsabilidad penal, su depuración será también una forma de fortalecer el Estado de derecho y de disuadir futuras tentaciones de utilizar la Administración en beneficio de intereses partidistas.

Redacción

Detrás de Opinión Ibérica hay un equipo editorial comprometido con el análisis profundo de la realidad española e internacional. Cubrimos economía, política, sociedad y cultura con rigor periodístico y visión crítica. Nuestro objetivo: ofrecer información contrastada y opinión fundamentada para entender lo que realmente importa, todos los días del año.

Anterior

La Justicia colombiana frena el aumento del salario mínimo y Petro convoca a movilizaciones

Siguiente

La hibristofilia política: un fenómeno que erosiona la democracia

No te pierdas

La CEME-CEOE exige la protección de los beneficios fiscales en Melilla

La CEME-CEOE solicita que se mantenga la bonificación del 50% en cuotas