sábado, octubre 25, 2025

La Audiencia Nacional refuerza la libertad sindical frente a algoritmos

La Audiencia Nacional declara nula la negativa de FOUNDEVER a informar sobre su sistema algorítmico.
por 18 julio, 2025
Lectura de 2 min

La reciente sentencia de la Audiencia Nacional, número 2867/2025, dictada el 4 de julio de 2025, marca un hito significativo en el ámbito de las relaciones laborales en España, especialmente en un entorno cada vez más influenciado por el uso de algoritmos en la gestión de recursos humanos. En este fallo, se estima la demanda presentada por el sindicato CGT contra la empresa FOUNDEVER SPAIN S.A., quien vulneró el derecho fundamental a la libertad sindical al negarse a proporcionar información sobre el funcionamiento de su sistema algorítmico utilizado para la asignación de libranzas.

Contexto de la Sentencia

La controversia se origina a partir de varios requerimientos realizados por la CGT a FOUNDEVER, en los cuales solicitaba información detallada acerca de los parámetros, reglas e instrucciones que fundamentan los algoritmos utilizados para gestionar turnos y libranzas. Estos requerimientos se sustentan en el artículo 64.4.d) del Estatuto de los Trabajadores, modificado por la Ley 12/2021, que otorga el derecho a los trabajadores a ser informados sobre algoritmos y sistemas de inteligencia artificial que puedan afectar sus condiciones laborales.

La negativa de la empresa a facilitar esta información, argumentando que no empleaban algoritmos ni sistemas automatizados, llevó a la CGT a interponer una demanda de tutela de derechos fundamentales. La Sala, al examinar el caso, no solo constató indicios suficientes que sugieren el uso de algoritmos en el sistema de asignación de libranzas, sino que también determinó, a partir de pruebas testimoniales de la propia empresa y sentencias anteriores, que efectivamente se utilizaba una fórmula matemática para dicha distribución, encajando en el concepto funcional de algoritmo.

Implicaciones Jurídicas

La decisión de la Audiencia Nacional destaca la importancia del derecho a la información como un componente esencial de la libertad sindical, particularmente en su dimensión representativa. Se profundiza en el alcance del denominado “derecho de información pasiva”, que implica un deber empresarial de facilitar información relevante a los representantes legales y sindicales. La Sala se apoya en una sólida doctrina del Tribunal Supremo, enfatizando que el incumplimiento de este deber puede constituir una vulneración del artículo 28.1 de la Constitución Española.

Asimismo, se subraya que, en procesos de tutela de derechos fundamentales, corresponde a la empresa demostrar que sus acciones han sido objetivas, razonables y proporcionales, una carga que FOUNDEVER no logró cumplir. La Audiencia concluye que no solo incumplió su deber legal de información, sino que también obstaculizó la actividad sindical de la CGT al negar la existencia de un sistema automatizado, a pesar de las evidencias en contrario.

Como resultado, la Sala estima la demanda, declara la nulidad de la actuación empresarial, y ordena el cese inmediato de dicha práctica, condenando a la empresa a indemnizar a CGT con 6 250 euros por los daños y perjuicios ocasionados.

Este fallo es especialmente relevante ya que establece un precedente claro sobre los límites de la opacidad empresarial en entornos laborales cada vez más digitalizados. La sentencia reafirma que el uso de sistemas automatizados no puede esquivar el control sindical, y las empresas no pueden ocultarse tras la supuesta simplicidad de las herramientas utilizadas para eludir sus obligaciones informativas.

En conclusión, la sentencia de la Audiencia Nacional no solo refuerza el derecho de información en el contexto digital, sino que también contribuye a delinear el contenido y alcance del artículo 64.4.d) del Estatuto de los Trabajadores, destacando su eficacia como herramienta de transparencia en la gestión algorítmica del trabajo.

Redacción

Equipo editorial especializado en actualidad ibérica, economía y política. Información rigurosa y análisis profundo de España y Portugal las 24 horas del día.

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