La Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad del Gobierno de Canarias ha anunciado que este lunes, 29 de septiembre de 2025, comienza el periodo de solicitudes para el Bono de Alquiler Joven. Esta iniciativa está dirigida a personas de entre 18 y 35 años y tiene como fin ayudarles a afrontar el pago del alquiler de su vivienda habitual, facilitando así su emancipación, con un importe que puede alcanzar los 250 euros mensuales.
La línea de subvenciones, que será gestionada a través del Instituto Canario de la Vivienda (ICAVI), cuenta con un crédito global de 10,6 millones de euros, aportados por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, además de 1,4 millones de euros provenientes de un convenio entre el ICAVI y el Cabildo de Lanzarote para ampliar la cobertura de esta ayuda en la isla.
Requisitos para acceder al Bono
Las ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia no competitiva, lo que significa que se atenderá a quienes cumplan con los requisitos sin necesidad de establecer comparaciones entre solicitudes. Las personas interesadas podrán presentar sus solicitudes durante 15 días hábiles, es decir, hasta el 17 de octubre de 2025, preferentemente de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. También se podrá optar por otros medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para ser beneficiario, es necesario ser persona física, tener entre 18 y 35 años, poseer nacionalidad española o de algún estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Las personas extranjeras no comunitarias deberán estar en situación de estancia o residencia regular en España. Además, se debe ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda en Canarias, formalizado conforme a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
Importe del alquiler y modalidades de pago
El derecho a acceder a la ayuda podrá tener carácter retroactivo, desde el 1 de enero de 2024, en el caso de que el solicitante ya fuese titular de un contrato desde esa fecha. También se requiere contar con una fuente regular de ingresos que no supere tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual.
En cuanto a los límites del importe del alquiler, el ICAVI ha realizado un análisis por municipios, estableciendo tres ámbitos para determinar el precio máximo admisible. En el Ambito A, que incluye municipios como Las Palmas de Gran Canaria y Adeje, el alquiler no podrá superar los 900 euros mensuales, y 450 euros para alquiler de habitación. En el Ambito B, que comprende localidades como Arrecife y San Cristóbal de La Laguna, el límite se establece en 750 euros, mientras que en el Ambito C, para los restantes 51 municipios, la renta máxima será de 600 euros para vivienda y 300 euros para habitación.
Las ayudas se abonarán semestralmente, previa justificación por parte del beneficiario. Si se solicita la ayuda de manera retroactiva, el abono se podrá realizar con la resolución de concesión, siempre que se hayan presentado los recibos de alquiler correspondientes al momento de la solicitud. Con el convenio firmado entre el ICAVI y el Cabildo de Lanzarote, se amplía la cobertura de estas ayudas, garantizando un mayor número de jóvenes beneficiarios en la isla.